Informe Pericial de Justificación de Despido

El informe pericial de justificación de despido es un dictamen económico que acredita ante los tribunales las causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP) que justifican un despido objetivo o colectivo (ERE), con validez judicial (art. 335 LEC). Lo elaboran peritos economistas que lo ratifican en sala.

Peritaje para la Justificación de Despidos Procedentes

El informe pericial de justificación de despido es un dictamen económico que acredita, con validez judicial (art. 335 LEC), la existencia de las causas que legitiman un despido objetivo o colectivo por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción.

 

  • Gabinete: Vía Pericial — peritos economistas especializados en empresa y ámbito laboral.
  • Quién lo firma: economistas colegiados, con miembros del Registro de Expertos en Economía Forense (REFOR).
  • Para quién trabajamos: empresas, administradores y despachos laboralistas que deben acreditar la procedencia del despido.
  • Causas que acreditamos: económicas (pérdidas actuales o previstas y caída persistente de ingresos o ventas), técnicas, organizativas y productivas (ETOP).
  • Qué analizamos: cuentas anuales, evolución de ventas e ingresos, tesorería y resultados, con comparativa interanual y previsión de pérdidas.
  • Marco legal: Estatuto de los Trabajadores (arts. 51 y 52), Ley reguladora de la Jurisdicción Social y Real Decreto 1483/2012.
  • También: ERTE, ERE y despido colectivo.
  • Ámbito: toda España.

Pericial de Justificación de ERTEs y EREs

Tras la coyuntura actual, un gran número de compañías que no han podido acogerse a un ERTE por fuerza mayor debido a su actividad, deberán presentar a los tribunales competentes un informe pericial que justifique los despidos necesarios en base a causas objetivas.

Según el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre esta medida puede ser tomada por causas de diversa índole, ya sean económicas, técnicas, organizativas y/o productivas, por lo que deberán estar reflejadas en un informe pericial que garantice su existencia. Las empresas habitualmente pueden encontrar dificultades transitorias por diferentes motivos: morosidad de clientes, reducción de la demanda, problemas de financiación, etc. Bajo estas circunstancias, en ocasiones se debe recurrir al despido objetivo por motivos económicos.

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Justificar el despido por causas económicas

La normativa vigente del Estatuto de los Trabajadores considera legítimo el despido de los trabajadores por causas objetivas. Entre dichas destaca la situación económica negativa de la empresa basada en los resultados del ejercicio obtenidos, motivada por las pérdidas actuales o previstas y la disminución de ventas y/o ingresos.

Para justificar el despido por motivos económicos la empresa deba de acreditar que se encuentra ante una situación económica adversas, ya sea por reducción de los ingresos durante varios meses consecutivos en comparación con el mismo periodo del ejercicio anterior u  otros. Según la Ley reguladora de la jurisdicción social, es necesario un informe técnico elaborado por un perito economista donde se refleje la caída persistente en la cifra de ventas o una previsión de pérdidas futuras. Este informe pericial tendrá la validez jurídica necesaria para justificar un despido.

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El Equipo de VÍA PERICIAL

El equipo de peritos economistas de VÍA PERICIAL está especializado en la elaboración de informes periciales por justificación de despidos y su correspondiente comparecencia ante los tribunales, dando servicio en las provincias de Valencia, Barcelona, Madrid y Alicante.

Nuestros expertos poseen los conocimientos y la experiencia necesaria para ratificar su informe pericial en sala, además de conocer el sector financiero y empresarial, garantizando el mejor desempeño posible.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un informe pericial de justificación de despido?

Es un dictamen económico, elaborado por un perito economista, que acredita ante los tribunales la existencia de las causas que legitiman un despido objetivo o colectivo. Sirve como prueba (art. 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) para demostrar que la decisión de la empresa está justificada y que el despido es procedente.

¿Qué es un despido objetivo por causas económicas?

Es la extinción del contrato amparada en el Estatuto de los Trabajadores cuando la empresa atraviesa una situación económica negativa: pérdidas actuales o previstas o una disminución persistente de sus ingresos o ventas. Para que el despido sea procedente, esa situación debe quedar acreditada, habitualmente mediante un informe pericial económico.

¿Qué causas puede acreditar el perito: económicas, técnicas, organizativas o productivas?

Las cuatro causas objetivas (ETOP): económicas (pérdidas o caída de ingresos), técnicas (cambios en los medios o instrumentos de producción), organizativas (cambios en los sistemas y métodos de trabajo) y productivas (cambios en la demanda de los productos o servicios). El perito cuantifica y documenta la causa que corresponda en cada caso.

¿Cuándo se considera que hay situación económica negativa?

Se entiende que existe cuando la empresa tiene pérdidas actuales o previstas, o cuando sus ingresos ordinarios o ventas descienden de forma persistente durante tres trimestres consecutivos respecto a los mismos trimestres del año anterior. El perito analiza esa evolución y la refleja de forma objetiva en el informe.

¿Qué documentación necesita el perito para justificar el despido?

Lo habitual es aportar las cuentas anuales de los últimos ejercicios, los balances y la cuenta de resultados, la evolución de ventas e ingresos, las declaraciones fiscales y, si procede, las previsiones o el plan de negocio. Con esa información el perito reconstruye la situación económica y la documenta para el juicio.

¿Para qué sirve el informe pericial en un juicio por despido?

Aporta la prueba técnica e independiente de que concurren las causas alegadas. Un informe riguroso refuerza la posición de la empresa frente a la demanda del trabajador y puede ser ratificado en sala por el perito, que explica y defiende sus conclusiones ante el juez.

¿Qué diferencia hay entre despido objetivo, despido colectivo (ERE) y ERTE?

El despido objetivo es individual o de pocos trabajadores por causas objetivas; el despido colectivo (ERE) afecta a un número de trabajadores por encima de los umbrales legales y exige un procedimiento específico; el ERTE es una suspensión temporal de contratos o reducción de jornada, no una extinción. En los tres casos puede ser necesario acreditar las causas con un informe pericial.

¿Qué ocurre si el despido se declara improcedente o nulo?

Si el despido objetivo es procedente, la indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si se declara improcedente, sube a 33 días por año (con el límite legal de mensualidades), y si es nulo, obliga a readmitir al trabajador. Un buen informe pericial reduce el riesgo de que el despido se declare improcedente por falta de prueba de las causas.

¿Es obligatorio el informe pericial para un despido objetivo?

No es un requisito formal en todos los casos, pero sí muy recomendable: la empresa debe probar las causas y el informe pericial económico es la prueba más sólida para hacerlo. Sin una acreditación técnica rigurosa, el despido tiene más riesgo de ser declarado improcedente.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda un informe pericial de justificación de despido?

El coste y el plazo dependen del tamaño de la empresa, del número de ejercicios a analizar y del volumen de documentación. Tras revisar tu caso te damos un presupuesto cerrado y sin compromiso y un plazo de entrega concreto.